¿En qué consiste la Inspección Técnica de Edificios?

Con los años, cualquier construcción puede sufrir desperfectos o problemáticas que afecten a su integridad. Para evitar que los edificios más antiguos sean peligrosos, el Real Decreto Ley 8/2013, de 26 de junio establece que aquellos con más de 50 años y de uso residencial deben ser revisados de forma periódica.

Aquí es donde entra en juego Inspección Técnica de Edificios pero, ¿Qué es la ITE? A lo largo de estas líneas te contaremos en qué consiste la Inspección Técnica de Edificios, qué se mira y quién corre con los gastos de esta revisión.

¿Es obligatoria la ITE?

¿Es obligatorio pasar la ITE? Sí, en aquellos edificios con una antigüedad de entre 30 y 50 años, a fin de garantizar la seguridad de sus residentes. Es, por tanto, una inspección obligatoria en todos los edificios residenciales, como bloques de viviendas, viviendas unifamiliares u otro tipo de construcciones.

El número de construcciones con esta antigüedad asciende ya en España a más de un 20% del total, y es que solo en los años 1974 y 1975 se construyeron en nuestro país unas 600.000 viviendas aproximadamente.

¿Cada cuánto tiempo hay que pasar la ITE?

Normalmente, una vez hecha la primera Inspección Técnica del Edificio, habrá que repetirla de forma periódica cada 10 años. Sin embargo, y dependiendo de la gravedad de las deficiencias del inmueble, los plazos se pueden reducir hasta los 3 y los 6 años en caso de deficiencias graves y muy graves.

¿Es obligatoria la ITE para vender un piso?

Si vives en un bloque de viviendas o en una vivienda particular construida antes de una fecha que exija pasar la ITE, esta tendrá que haber pasado la Inspección Técnica de Edificios para poder venderse.

Si existe obligación de pasar la ITE, en todos los casos es necesario entregar un certificado de Inspección Técnica de Edificios de aptitud técnica al venderla. De esta manera se garantiza al comprador que la vivienda ha pasado con éxito esta inspección periódica y obligatoria.

¿Qué se mira en la Inspección Técnica de Edificios?

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) consiste en el examen técnico de un edificio o inmueble, en el que se determina su estado general de conservación. También se revisan y evalúan su grado de accesibilidad y su certificación energética.

En concreto, lo que se hace durante este examen es cerciorarse de que elementos de la construcción como los cimientos, las fachadas, las cubiertas, la fontanería o la red eléctrica están en perfecto estado.

Para ello, es necesario contratar a un técnico homologado que acredite la situación del edificio, determinando o no si las condiciones son óptimas para su uso. Estos técnicos son arquitectos o arquitectos técnicos y tendrán que presentar su informe en la Concejalía de Urbanismo del municipio donde se encuentra el inmueble.

Si la situación del inmueble no es buena, se deberán hacer reformas y reparaciones antes de solicitar de nuevo la ITE. En este sentido, se hace esencial contratar servicios de rehabilitación de fachadas o de rehabilitación de edificios en Madrid.

Qué se mira en la Inspección Técnica de Edificios

¿Qué pasa si un edificio no supera la ITE?

¿No pasar la ITE en un edificio o vivienda tiene alguna repercusión? Lo cierto es que sí, ya que no pasar esta revisión puede acarrear multas. Si el inmueble o la comunidad de vecinos donde resides no ha pasado la ITE cuando era preciso, las sanciones pueden llegar hasta los 6.000 euros, aunque la cifra total depende de cada Ayuntamiento y de sus ordenanzas municipales.

Por tanto, lo más sensato y recomendable es solicitar esta revisión cuando sea necesario, a fin de evitar problemas en la estructura del edificio y sanciones económicas.

¿Cómo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Lo primero de todo para saber si un edificio ha pasado la Inspección Técnica de Edificios es averiguar si está obligado a ello. Para saber este dato, tendrás que comprobar en qué año se construyó el inmueble, dato que puedes consultar en su ficha catastral.

Si el edificio no tiene que pasar la ITE todavía no tendrás que preocuparte, aunque sí prestar atención a los tiempos para que no se te pase la fecha y no te sancionen. En el caso de que resulte que tu edificio sí que tenga la obligatoriedad de pasar la Inspección Técnica de Edificios, podrás ver si ya lo ha hecho en la concejalía de urbanismo de tu municipio o en la web del Ayuntamiento de Madrid, en el apartado destinado a la consulta del resultado de la inspección.

Si no lo has hecho todavía, en Madrid se publica también el listado de edificios pendientes de presentar la ITE, que se puede consultar ITE Madrid en este enlace.

¿Cómo solicitar una Inspección Técnica de un Edificio?

La Inspección Técnica de Edificios Madrid debe solicitarse a través de la sede electrónica de cada Ayuntamiento, como por ejemplo sucede con el caso del Ayuntamiento de Madrid.

Este organismo indica la obligatoriedad de que las actas de la ITE incluyan toda la información pertinente en cuanto a las condiciones mínimas de seguridad, accesibilidad o salubridad.

En algunos Ayuntamientos, este organismo se encarga de elaborar de forma anual un padrón de edificios, con el que se especifican cuáles estarán sujetos a inspección ese año. Normalmente, este padrón se expone de forma pública en el último trimestre del año y durante, al menos, 30 días.

¿Cuánto cuesta la Inspección Técnica de Edificios?

No existe un coste fijo para la realización de una Inspección Técnica de Edificios, y es que el precio ITE dependerá del tamaño del inmueble o del tiempo que se tarde en llevar a cabo la revisión.

En Obras y Proyectos Aria tenemos a tu disposición este servicio, por lo que no dudes en contactar con nosotros para solicitar presupuesto sin compromiso.

¿Quién corre con los gastos de una ITE?

Según la normativa actual, están obligados a abonar el importe de la Inspección Técnica de Edificios aquellos usuarios que están obligados a pasarla. Es decir, en viviendas particulares (propiedad vertical), los dueños de la vivienda, al igual que en comunidades de vecinos (propiedad horizontal), en cuyo caso el coste de la ITE recaerá en todos los propietarios.

¿Qué pasa si un vecino no quiere pasar la ITE?

La Inspección Técnica de Edificios es obligatoria para edificios de una determinada antigüedad. En el caso de la propiedad horizontal, puede ocurrir que un vecino se niegue a pasar y pagar la ITE.

¿Qué ocurre en estos casos? A pesar de la negativa de este vecino, lo más recomendable es concertar de igual forma la visita de un técnico homologado que revise el edificio. Tras su examen técnico, se deberá comunicar al Ayuntamiento qué vecinos han aceptado pasar esta revisión y cuáles no, ya que los primeros evitarán las sanciones derivadas de no pasar la ITE.

Es obligatoria la ITE

La ITE o Inspección Técnica de Edificios es clave para la seguridad de un edificio. El parque de viviendas español está bastante envejecido y hay que realizar las acciones necesarias para garantizar que tengan unas condiciones mínimas para su habitabilidad en términos de eficiencia energética, accesibilidad o salubridad.

Están obligados a pasarlo aquellos edificios de más de 50 años de antigüedad, aunque hay que tener en consideración que esta cifra puede variar en función del municipio o del tipo de edificio. Si tienes alguna duda sobre la Inspección Técnica de Edificios Comunidad de Madrid, puedes contactar con nosotros sin compromiso y nuestros técnicos te darán toda la información que necesites sobre la ITE en Madrid.

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